Decreto: no cumplir los decretos - Yo Opino

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martes, 16 de febrero de 2021

Decreto: no cumplir los decretos

 

El día 6 de diciembre de 2020 entra en vigencia la Decisión Administrativa 2152/2020 a nivel nacional, en cuyo artículo 1 dice: "Exceptuase de las prohibiciones dispuestas en el artículo 8°, inciso 4 del Decreto Nº 956/20, al desarrollo de espectáculos, proyecciones y actividades culturales de cualquier disciplina con acceso de público, a realizarse en salas, cines y espacios culturales, públicos o privados, en todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos".

En su artículo 2 especifica que se pude desarrollar lo especificado en el primer artículo "... en todos los casos con un aforo de hasta el cincuenta por ciento (50 %) y una distancia de dos (2) metros, entre persona y persona" y el artículo 3 establece que la provincia de Entre Ríos puede dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades mencionadas.

El 11 de diciembre de 2020 se firma el decreto provincial 2212/2020 el que establece en Entre Ríos el reinicio de actividades culturales y artísticas en vivo con espectadores en espacos culturales independientes y públicos con un afoto del 50% y un distanciamiento de 2 metros entre persona y persona.

El 15 de diciembre de 2020 el Intendente José Luis Walser firma el decreto 469/2020 el cual adhiere al decreto provincial antes mencionado y establece en su artículo 2 que autoriza "...en el Municipio de Colón el reinicio de las actividades artísticas y culturales en vivo, con espectadores, en espacios culturales independientes y públicos, con un aforo de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) y una distancia de DOS (2) metros entre persona y persona. El articulo 4 dispone que "...para el reinicio de las actividades previstas en el Art. 2o, previamente a su habilitación el interesado deberá comunicar dicha decisión al Municipio, quien tendrá a su cargo la fiscalización y correcta aplicación del Protocolo y demás previsiones dispuestas a tales efectos".

El 29 de enero de 2021 se promulga el DNU nacional 67/2021 el cual en su artículo 8, inciso 2 establece que la realización "...de eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a CIEN (100) personas" manteniendo el distanciamiento de 2 metros entre personas.

Te vas a preguntar para qué tuviste que leer toda la info anterior referida a decretos y resoluciones vigentes y la respuesta es simple: en nuestra ciudad se están llevando a cabo varios eventos en los que, si bien son al aire libre, no se respeta el distanciamiento establecido en los distintos decretos (2 metros entre personas), eventos como por ejemplo el paso de las comparsas por la calle 12 de Abril donde puede verse cierta cantidad de espectadores que no está cumpliendo al menos el distanciamiento.

Lo más curioso de este caso en particular es que intentamos comunicarnos vía whatsapp ayer a las 12:32 hs con el Director de Cultura Ariel Asselborn, consultando acerca del responsable de este tipo de decisiones y el motivo de haberlas llevado a cabo y (como es lógico) no obtuvimos respuesta alguna.

Como vemos, al parecer en nuestra ciudad hay un decreto que indica específicamente no cumplir los decretos o bien -lo que es lo mismo- se trata de hacer cumplir los decretos a los demás pero no el mismo Municipio. 

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