HOMICIDIO TRIPLEMENTE AGRAVADO - VEREDICTO DE CULPABILIDAD - JUICIO POR JURADO
Desde el día martes 20 al viernes 23 del corriente se llevó a cabo en la ciudad de Colón, Entre Ríos, el juicio por jurado contra ALBERTO GUILLERMO GALEANO, de 38 años de edad.
El dia de hoy, en horas de la tarde, el jurado, por unanimidad y luego de varias horas de deliberación, encontró a GALEANO culpable del siguiente hecho:
"En fecha 08 de Abril de 2022, aproximadamente a las 02,30 hs., ALBERTO GUILLERMO GALEANO mantenía una discusión con su pareja FABIANA ALEJANDRA LUQUE, en el interior de la vivienda que ambos compartían ubicada en calle Vergniaud N° 379 de Colon, Entre Ríos; así, en el marco de un grave contexto de violencia de género de tipo física, económica, psicológica y simbólica; y con la finalidad de hacerla padecer y sufrir, GALEANO tomó un bidón que contenía nafta y le derramó el líquido a LUQUE en su cuerpo, en la zona la cara, cuello, tórax, abdomen y brazos, y le prendió fuego, causándole graves lesiones por quemaduras que afectaron aproximadamente el 50% de su cuerpo, consecuencia de las cuales, finalmente y pese a las atenciones médicas recibidas, le provocaron la muerte por Shock Refractario y fallo orgánico múltiple, en fecha 11 de abril de 2022.
Tal como lo requirió la fiscalía se lo condenó por el delito de HOMICIDIO TRIPLEMENTE AGRAVADO POR POR HABER SIDO COMETIDO CONTRA UNA PERSONA CON LA QUE MANTENÍA RELACIÓN DE PAREJA, CON ENSAÑAMIENTO, Y POR MEDIAR VIOLENCIA DE GÉNERO, -Arts. 80 inc. 1, 2 y 11 del CP.-.
En este sentido, la fiscalia, probó que Galeano dio muerte a quien fuera su pareja en ese momento, en un contexto de violencia de género y aumentando deliberadamente el sufrimiento de la misma
La violencia ejercida fue caracterizada por los deseos de dominación, celos, control, manipulación económica, agresión física, etc-; impulsándolo en medio de una discusión, a prenderla fuego, teniendo por finalidad su muerte.
Durante el juicio se contó con evidencia -testimonio de familiares, amigas, empledora e informe de profesionales-, que dan cuenta que ese contexto previo que rodeaba dicha relación sentimental era violento, ejerciendo GALEANO violencia psicológica, física, económica y simbólica, en contra de FABIANA ALEJANDRA LUQUE, poniendo punto final a la misma, con el acto artero y violento que termina con su muerte.
La Fiscalía estuvo representada por Juan Sebastián Blanc y Micaela Di Pretoro , la defensa a cargo de Sebastian Arrechea y el Juez Técnico fue el Dr. Nicolas Gazzali.
El condenado Galeano continuará en prisión preventiva domiciliaria hasta que la sentencia quede firme según lo decidió el juez técnico que no hizo lugar al pedido de la Fiscalía de que sea trasladado a una unidad penal.
El próximo 30 de mayo se desarrollará la audiencia de cesura donde la Fiscalía solicitará la imposición de la pena de prisión perpetua que prevé el código penal para el delito por el cual Galeano fue declarado culpable.
U.F.I. Colón