PREVENTIVA - HOMICIDIO CALIFICADO POR ENSAÑAMIENTO y MEDIANDO VIOLENCIA DE GÉNERO, EN GRADO DE TENTATIVA
En el día de ayer se realizó audiencia de Prórroga de Prisión preventiva solicitada por la Fiscalía a cargo del Dr. Juan Sebastian Blanc.
En la audiencia, el fiscal solicitó la prórroga por el plazo de 60 días, y dio la descripción en detalle de el hecho que se atribuyó a JOHANN DAVID FERNANDEZ en fecha 6 de octubre de 2024 (el imputado se encuentra privado de su libertad desde el día del hecho).
El hecho ocurrió en la ciudad de Colón en fecha 05 de Octubre de 2024, aproximadamente a la 01,25 hs., momento en que la víctima IARA JULIETA RODRIGUEZ, caminaba por calle Chacabuco. Al llegar a la intersección con calle Pellenc, fue interceptada por JOHANN DAVID FERNANDEZ, quien previo a seguirla durante unos metros, de manera sorpresiva, la empujó y introdujo en el interior de una obra en construcción ubicada en la esquina Noroeste de dicha encrucijada. Una vez dentro, aprovechando la situación de inferioridad física e indefensión y su condición de mujer, la agredió físicamente, a fin de causarle la muerte, causándole deliberadamente el mayor sufrimiento posible. Gritándole en todo momento y reiteradamente "te voy a matar", no logrando su propósito de quitarle la vida, producto de los actos defensivos que la propia víctima realizó con sus manos, mas la presencia de personal policial que, pasados unos cinco minutos aproximadamente, arribaron al lugar al ser alertados por una vecina que escucho los gritos de la joven, provocando esto que FERNANDEZ no pudiera continuar con la agresión y se escondiera dentro de un sector oscuro de la obra en construcción, a la espera de poder escapar, lo cual no logró ya que fue aprehendido. Como consecuencia de los golpes recibidos, la víctimas sufrió politraumatismo con traumatismo craneo facial, con múltiples lesiones punzantes en cuero cabelludo, región facial, miembros superiores, hematomas en ambas manos, importante edema y hematoma en hemicara izquierda con hematoma orbicular izquierdo bipalpebral, con visión borrosa/visión doble; eritema en región cervical antero-lateral; fractura de seno maxilar izquierdo, cortes en el interior de la boca y perdida de una muela.-"
El hecho encuadra en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR ENSAÑAMIENTO y MEDIANDO VIOLENCIA DE GENERO, EN GRADO DE TENTATIVA y se atribuye a FERNANDEZ JOHANN DAVID ANDRES, en el caracter de autor material -Art. 42, 45, 80 incs. 2 y 11 del Código Penal.-.
Luego, el Dr. Blanc continuó con sus fundamentos e hizo referencia al peligro de fuga, la protección a la víctima, arraigo endeble de Fernandez, la pena en expectativa de cumplimiento efectivo y entorpecimiento en la investigación. Explicó la relación familiar entre la víctima y el imputado.
Enumeró normativa nacional e internacional. Se explayó sobre el avance de la investigación y evidencia pendiente por reunir, entre ellas evaluación psicológica y otros informes que resultan relevantes para la Fiscalía. Indica que la única medida de coerción para neutralizar los riesgos procesales es la prisión preventiva. La querella adhirió a los fundamentos del fiscal y, por su parte, la Defensa del imputado solicitó el arresto domiciliario, dando sus fundamentos al respecto.
Luego de que las partes manifestaran su postura, el Juez de Garantías Dr. Jesus Penayo Amaya, resolvió I.- AUTORIZAR LA PRÓRROGA DE LA PRISIÓN PREVENTIVA de Johann Sergio David FERNANDEZ, DNI:43.350.216, a partir del día de la fecha y por el plazo de CUARENTA (40) DÍAS -Art. 349 ss. y cc. del CPPER-, a cumplirse en las condiciones actuales de alojamiento.
U.F.I. Colón