Se aprobó por unanimidad en Diputados de la Nación la nueva ley regula las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en la Argentina. Prevé que los establecimientos de salud habilitados para hacer trasplantes cuenten con servicios destinados a la donación, que permitirán detectar, evaluar y tratar al donante.

La ley establece la donación cruzada en el caso de trasplante de riñón (con donante vivo). También explicita que podrá realizarse la ablación de órganos y/o tejidos, a toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los mismos.
La ley lleva este nombre por Justina Lo Cane, una niña que falleció sin recibir el corazón que necesitaba.
Al fin una ley para todos.
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