A partir de una demanda presentada ante la justicia, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná ordenó a tramitar la renovación de una habilitación para conducir que fuera requerida por una ciudadana con domicilio en Paraná, sin exigir el pago previo de multas impuestas en otra jurisdicción.
La resolución constituye un fallo condenatorio para el Centro Emisor de Licencias de Conducir, dependiente de la Municipalidad de Paraná y de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), sentando un precedente para futuros casos similares.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo consideró que “el cobro compulsivo de multas violaba la garantía del debido proceso de los solicitantes de licencias de conducir o sus renovaciones, debiendo la jurisdicción que se consideraba acreedora concurrir al cobro de tales sanciones por la vía judicial”.
Fuente|El Entre Ríos