Pedido de informes - Yo Opino

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sábado, 29 de abril de 2017

Pedido de informes

El día 12 de este mes presentamos un pedido de informe al Instituto Municipal de Tierra y Vivienda, el cual fue respondido el día 24, exactamente 10 días después de la presentación, cumpliendo a rajatabla las ordenanzas que así lo determinan. Hasta acá, perfecto. Vamos a retirarlo y nos encontramos con una sola hoja la cual dice que se pasó al Instituto el día 19 de este mes, y que la misma "se incorporará en el orden del día de la próxima reunión de este instituto." A ver... El Instituto no tiene un domicilio real conocido, no figura un teléfono donde uno pueda comunicarse, no hay datos de sus autoridades, salvo por la persona que firma esa respuesta... y es sorpresa, a pesar que figura dentro de la ordenanza constitutiva del Instituto como tal (87/2013 y su modificatoria la 69/2014). El firmante es Adolfo Alfredo Camanduli, como Director Secretario, quien además de ser empleado municipal es Secretario del SITRAM Colón desde 2005.

Esto está comprendido dentro del estatuto y su ordenanza modificatoria, pero ¿es necesario que sea el titular del gremio? A lo mejor, para seguir aparentando debería haber sido otra persona de la comisión directiva del SITRAM, pero en este caso pasa lo mismo que en diferentes puestos municipales: es la necesidad de figurar. O de cobrar. O que el intendente pueda controlar.

Mientras esperamos que nos contesten, que puede llegar a pasar un tiempo indeterminado dado que no se aclara en la respuesta fecha alguna, hagamos un análisis de las ordenanzas que lo crearon y modificaron y te vas a dar cuenta el porqué. Recordemos que el Instituto en cuestión maneja todo lo referente a terrenos, viviendas, inscripciones, sorteos (no lo olvides)...

El Instituto nace como tal con la Ordenanza 87/2013 del 19/12/2013 y es constituído, de acuerdo a su Capítulo 5, articulo 10 por cinco miembros, de esta forma: un representante del Ejecutivo Municipal (como presidente), un representante del Concejo Deliberante (donde eran mayoria); un representante del SITRAM designado por el Ejecutivo con el "ok" del concejo donde son mayoría, un representante de la Caja Municipal de Jubilaciones elegido en su propio seno (donde el ejecutivo tiene mayoría) y un representante de una ONG cuyo fin este relacionado con la problemática.

Luego, vino la primera modificación (al menos según los registros del HCD) mediante la ordenanza 69/2014 del 12/08/2014 que modifica solamente el artículo 10 que estará a cargo de un Directorio, compuesto de siete miembros: Un representante del ejecutivo (como "presidente"); dos concejales, uno por cada gremio (designado por el intendente con el "ok" del Concejo), uno de la Caja Municipal de Jubilaciones elegido en su propio seno (donde tiene mayoría el intendente) y un representante de una ONG cuyo fin este relacionado.

Después llega la ordenanza 26/2015 sancionada el 18/05/2015 y dice que ahora el directorio estará a cargo de "...once miembros: un representante del ejecutivo (como "presidente", y durante mucho tiempo fue la hoy diputada); un concejal por cada bloque del Concejo, un representante por cada gremio también elegido por el intendente con el "ok" del concejo donde son mayoría, uno de la Caja Municipal de Jubilaciones (donde también son mayoría) y tres representantes de ONGs cuyo fin este relacionado.

Entonces, hay dos posibilidades... una, que el salario o sueldo de los directores sea alto y entonces se decidió que debe haber más gente que lo cobre (de lo que no hay ordenanza que lo determine), o que es un Instituto en serio y debe ser conducido como se debe, con gente capacitada (como el I.M.A.), o bien que el Instituto está gobernado y controlado también por el ejecutivo municipal por todo lo que "maneja"...

Recordando lo que "maneja" el Instituto... ¿cuál de las tres opciones te parece? (Recordando que debería ser un organismo autárquico descentralizado...)

Lucas M. Beber
#YoOpino2017