Mañana es 24 y como todos los años se preparan muchas cosas inclusive la pirotecnia, porque al parecer no existe una fiesta si no hay ruidos de explosivos.
Ya hemos hablado mucho sobre esto y hoy lo haremos una vez más: la pirotecnia afecta no sólo a los animales sino especialmente a los niños con condición del espectro autista, que tienen una hipersensibilidad a los sonidos. De hecho muchas familias de nuestra ciudad deben irse a lugares más alejados para las fiestas, donde no se perciba demasiado este "festejo" pirotécnico.
La ordenanza vigente en nuestra ciudad es la 41/2016 que -al parecer- prohibe la venta de estos elementos, pero si uno lee atentamente el artÃculo 1 que dice textual: "ProhÃbese en todo el ámbito del municipio de Colón la tenencia, uso, fabricación, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo ele-mento de pirotecnia y coheterÃa que no hayan sido calificados como de “venta libre” por el RENAR, y todos aquellos que no se encuentren dentro de las caracterÃsticas A 11 y B 3" queda a la libre interpretación, dado que aquel que venda pirotecnia puede decir que en realidad él vende sólo los de "venta libre" autorizados por el RENAR (hoy ANMAC), y quienes estén en contra pueden decir que sólo se permite aquellos elementos que están entre las categorÃas A11 y B3... y los dos tienen razón.
El dia 30 de junio de 2016 (un dÃa después de la sanción de la ordenanza mencionada) el entonces Concejal José Luis Walser hablaba con El Entre RÃos y explicaba que estaba "...totalmente de acuerdo en que se regule el uso de pirotecnia. Lo que objetamos es que el municipio no tiene la facultad de regular la producción, comercialización y venta de la pirotecnia, ya que estas están legisladas a nivel nacional y provincial. Esto está basado en lo que nos dijo el asesor legal del cuerpo, Damián Falco". "Lo que le pedà a los vecinos que estaban presentes, es que continúen juntando firmas y concientizando hasta llegar a las cámaras provinciales donde se legisla sobre esto".
Como vemos, el entonces Concejal interpretó que la venta de la mayor parte de los elementos estaba prohibida, pero en realidad no era asÃ, y otra cosa curiosa es que le pide a los vecinos que junten firmas...
Dentro de las facultades que tiene el Intendente está la de convocar a sesiones extraordinarias al Concejo Deliberante, por lo que le dejamos un pequeño arreglo para dicha ordenanza:
"ArtÃculo 1: modifÃquese el artÃculo 1 de la ordenanza 41/2016 que quedará redactado de la siguiente manera: ArtÃculo 1: ProhÃbese en todo el ámbito del municipio de Colón la tenencia, uso, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y coheterÃa que no se encuentren dentro de las caracterÃsticas A 11 y B 3 establecidas por la ANMAC".
"ArtÃculo 1: modifÃquese el artÃculo 1 de la ordenanza 41/2016 que quedará redactado de la siguiente manera: ArtÃculo 1: ProhÃbese en todo el ámbito del municipio de Colón la tenencia, uso, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y coheterÃa que no se encuentren dentro de las caracterÃsticas A 11 y B 3 establecidas por la ANMAC".
Los concejales deberán sentarse a trabajar un ratito, Ud firma el decreto promulgando la modificación, quedará como un rey ante muchos colonenses que no pueden soportar la pirotecnia, los padres agradecidos y los protectores de los animales felices... ¿vió que fácil?.
Usted puede, intendente, vamos, ya le dejamos la modificación para que la copie, la pegue y se apruebe, de esa forma el 31 podrá estar vigente.
Habrá que ver si hay alguna protesta de quienes venden pirotecnia, porque en ese caso se volverÃa para atrás, pero eso serÃa un detalle.
#YoOpino